7. Redefinición del PPA
El Plan de actuación se adaptará a las modificaciones que se produzcan en la empleabilidad de la
persona usuaria durante su desarrollo. Es susceptible de redefinirse en función de las posibilidades
efectivas de la consecución del objetivo previsto; de la realización de los servicios solicitados y de las
actividades diseñadas (en su caso) para alcanzarlo.
En cualquier momento, se podrá añadir o eliminar algún servicio contemplado en el Plan sin
necesidad de modificar el Acuerdo de actividad. Esta modificación implica la actualización de los
servicios del Perfil Individualizado de la persona.