5. Desarrollo de servicios


        Supone la prestación de los servicios, así como la identificación, desarrollo y calendarización de las
        actividades de forma personalizada. 

        La duración de la prestación del servicio será variable en función del servicio en cuestión y de acuerdo
        a la situación de la persona ante el empleo, pudiendo precisar de una o varias atenciones.

        Cuando la persona usuaria no acuda a la cita de prestación del servicio que se desarrolla en una única
        atención y, no lo haya justificado, el estado del servicio evolucionará de ofrecido a “finalizado no
        presentado”. 

        Cuando el servicio se desarrolla en varias atenciones y la persona no asiste a alguna de éstas, el
        personal técnico de empleo deberá contactar con la persona y valorar las atenciones realizadas,
        decidiendo en función de las mismas si el servicio se mantiene en curso o si finaliza como no
        presentado.
        
        Tras cada atención, el personal técnico valorará junto con la persona usuaria si la prestación puede
        darse por finalizada; en cuyo caso evolucionará el servicio al estado “finalizado”. Si se precisa de más
        atenciones para dar continuidad al desarrollo del servicio, el estado del servicio continuará “iniciado”
        y se acordará una nueva citación (actividad 4).
    

Legislación